JM Soft

 

 

Cámara de Comerciantes en Repuestos, Accesorios
y Afines para Automotores de Rosario

PERSONERIA JURIDICA Nº 227/77

Sarmiento 2635 - Tel: (0341) 777 8800 - S2001SBA Rosario

 
 

Últimas novedades

11/08/15

Tal como lo solicitó la CAC, la AFIP dio prórroga a la implementación obligatoria de la factura electrónica

La medida, que obligaba a los contribuyentes a emitir comprobantes electrónicos desde el 1 de julio, finalmente comenzaría a regir a partir del 31 de marzo de 2016. Es por dificultades técnicas y operativas que pudieran ser cumplidas por la mayoría de las PyMEs.

 

Mediante la Resolución General  Nº 3793 publicada en el boletín oficial, la AFIP dispuso postergar el uso obligatorio de la factura electrónica para Responsables Inscriptos en el IVA, dando plazo a los contribuyentes a adaptarse al nuevo régimen de facturación, tal como la  Cámara Argentina de Comercio  solicitó con éxito al Administrador Federal de Ingresos Públicos,  Dr. Ricardo Echegaray.

Según establece la norma para "la generalización del régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales, respaldatorios de las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras, y las señas o anticipos que congelen precio, para todos los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado", en el plazo que se extiende hasta el 31 de marzo los contribuyentes alcanzados deberán adecuarse al nuevo sistema.

Asimismo, la reciente publicación dispone el mismo plazo para las modificaciones introducidas por la  RG (AFIP) N° 3779  al régimen de facturación electrónica con detalle - RG (AFIP) N° 2904 - y ciertos regímenes específicos.

Solicitud

Advertidos por las dificultades que se manifestaban para los contribuyentes al momento de adecuarse a la medida impuesta por la AFIP, la  Cámara Argentina de Comercio  solicitó semanas atrás al Administrador Federal de Ingresos Públicos, Dr. Ricardo Echegaray, que se extendiera el plazo para la implementación de emisión y almacenamiento electrónico solicitada por el organismo por lo menos hasta el 1 de abril.

"Consideramos necesario que la generalización dispuesta", aclaraba la carta enviada desde la CAC, "requiere tener en cuenta la situación de contribuyentes en muy disímiles circunstancias de capacidad económica y administrativa, dispersión geográfica, etc" . La misma había sido elaborada a partir de la percepción, por parte de las cámaras asociadas en todo el país, de dificultades operativas que se relacionan con el costo de la implementación para el contribuyente en relación a su facturación promedio, modificación de sus procesos, como también los problemas de accesibilidad a una buena conexión a Internet.

Régimen generalizado

La implementación de la facturación electrónica data de 2007, cuando ciertas actividades debieron incorporarla de forma obligatoria como método de emisión. Desde entonces, la medida fue alcanzando  a cada vez más contribuyentes, llegando a 2015 con la generalización del sistema para un universo mayor de contribuyentes, en su gran mayoría PyMEs y con escasas situaciones especiales que escapan a la norma por dificultades de implementación o la imposibilidad de cumplir con la obligación establecida.

 

  RG 3793 -AFIP - Procedimiento. Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales. Norma complementaria ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3793 Procedimiento. Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales. Resolución General N° 3.749, su modificatoria y complementaria. Norma complementaria. Bs. As., 07/08/2015 VISTO la Resolución General N° 3.749, su modificatoria y complementaria, y CONSIDERANDO: Que la citada norma estableció la generalización del régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales, respaldatorios de las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras, y las señas o anticipos que congelen precio, para todos los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado. Que atendiendo las presentaciones de los contribuyentes, cámaras, federaciones, asociaciones y demás entidades que representan a los distintos sectores involucrados, mediante las cuales se exponen diversas dificultades observadas para la implementación — en tiempo y forma— del régimen, se estima pertinente contemplar las situaciones y particularidades planteadas. Que atendiendo al objetivo de esta Administración Federal de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, resulta aconsejable flexibilizar la vigencia del aludido régimen. Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización y de Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General Impositiva. Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 33 y 36 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios. Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE: Artículo 1° — La obligación de emisión de comprobantes electrónicos establecida en los Títulos I y III de la Resolución General N° 3.749, su modificatoria y complementaria, se dará por cumplida siempre que los sujetos alcanzados por la misma se incorporen al aludido régimen hasta el 31 de marzo de 2016. Idéntico plazo regirá para lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16 de la Resolución General N° 3.779. Art. 2° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray

 

 

 

<< VOLVER A NOVEDADES

 

Acceso Asociados

Ingrese su contraseña

 

Cámara de Comerciantes en Repuestos Accesorios y Afines para Automotores de Rosario
PERSONERIA JURIDICA Nº 227/77
Sarmiento 2635 -Tel: (0341) 777 8800 - 2000 Rosario
 

Desarrollado por Rodrigo Guidetti