Como ya hemos adelantado, se establece un aumento de
los básicos de convenio del 20% a partir de abril de 2016 hasta el 30 de
septiembre, y dos pagos no remunerativos de $1.000 que se harán efectivos entre
el 1º y el 7 de abril y entre el 1º y 7 de junio respectivamente.
También se aplica el incremento del 20% a los
adicionales previstos en los artÃculos 23, 30 y 36 del citado convenio. El
adicional especial previsto en el artÃculo 18 del Acuerdo Colectivo suscripto
el 22 de junio de 2011, se establece en $7.132,32 anuales a partir del mes de
abril de 2016 que también se aplicará proporcionalmente a la jornada laboral
cumplida. Asimismo, entre abril de 2016 y marzo de 2017, se estableció un
aporte a cargo de los trabajadores afiliados a la OSECAC de $100 mensuales.
En ningún caso el trabajador podrá solicitar que el empleador se haga cargo del
pago directo de dicha obligación o reclamar su reintegro cualquiera sea la
forma de liquidación de su remuneración.
Los sindicatos otorgarán la financiación por deudas en
concepto de cuotas sindicales que mantengan las empresas, con una tasa de
interés equivalente al 50% de las que percibe la AFIP.
También se ratificó la constitución de la Comisión de
Interpretación y Resolución de Conflictos que actuará de oficio o a pedido de
cualquiera de las partes que se encuentren en conflicto y que deberá expedirse
en un plazo máximo de 30 dÃas. Durante dicho plazo las partes en conflicto
deberán abstenerse a tomar medidas de acción directa.
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