Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la Resolución General 4407/2019 que habilita una nueva funcionalidad en el sistema informático denominado "Mis Facilidades", que tiene como objetivo efectuar la Cancelación Anticipada Total (CAT) de planes de facilidades de pago vigentes, a través de transferencia electrónica de fondos mediante la generación de un volante electrónico de pago (VEP).
El procedimiento se podrá aplicar por única vez a partir del mes en que se produzca el vencimiento de la segunda cuota del respectivo plan. A tal efecto, los contribuyentes deberán presentar una nota en la dependencia en la que se encuentren inscriptos, indicando la entidad y red de pagos que se utilizará para la cancelación del Volante Electrónico de Pagos (VEP) generado.
El VEP tendrá validez hasta las 24 horas del día de su generación y la opción no estará disponible si existiera una solicitud anterior. De esta manera, el sistema calcula el monto que se pretenda cancelar con el capital junto con los intereses resarcitorios y punitorios, en caso de corresponder, hasta la fecha de generación del VEP. Cabe destacar que para el cálculo no se tendrá en cuenta el débito a efectuarse en el mes de la cancelación.
De no poder cancelarse el VEP no se podrá continuar cancelando cuotas, sin embargo el contribuyente podrá solicitar la rehabilitación de las mismas. Además, que durante los procesos de control no podrá solicitarse la cancelación anticipada.
Si como consecuencia de esta nueva modalidad se abonara una cuota más de una vez, se considerará cancelada con el primer pago registrado y el excedente quedará a disposición del contribuyente para su posterior re afectación o solicitud de devolución.
Por medio de los planes de facilidades de pago, AFIP posibilita la regularización en cuotas de las deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras, así como sus intereses y multas.
Esta determinación permitirá que las Pymes que se encuentren en posibilidad de ponerse al día con sus deudas con la entidad puedan realizarlo obteniendo mejores condiciones a la hora de abonarlo.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 29 de enero de 2019
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