JM Soft

 

 

Cámara de Comerciantes en Repuestos, Accesorios
y Afines para Automotores de Rosario

PERSONERIA JURIDICA Nº 227/77

Sarmiento 2635 - Tel: (0341) 777 8800 - S2001SBA Rosario

 
 

Últimas novedades

22/08/19

La AFIP oficializó un plan de facilidades de 120 cuotas para deudas vencidas

 

Está destinado a PyMEs con deudas registradas hasta el 15 de agosto. Los contribuyentes podrán adherirse a partir del 2 de septiembre. La resolución contempla la suspensión de embargos por 90 días.

 

 

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció, mediante la Resolución General 4557/2019, la oficialización del nuevo plan de facilidades de pago de deudas impositivas anunciado por el Gobierno Nacional.

 

De esta manera, la resolución es aplicable para la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas, vencidas hasta el día 15 de agosto de 2019, inclusive, con sus respectivos intereses y multas. Además, el régimen comprende deudas impositivas y previsionales – incluidas retenciones y percepciones- correspondientes a sujetos que registren la condición de micropymes.

 

Asimismo, se permitirá refinanciar determinados planes vigentes del título I de la Resolución General N° 4477 y sus modificatorias.

 

Cabe destacar que tendrán un pago a cuenta del 5%, 10% o 20% las micro, pequeñas y medianas empresas y del 5% quienes deban cumplir con obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago generales, sectoriales, regionales o especiales cuya caducidad haya operado durante julio de 2019.

 

Además, es importante subrayar que la tasa de financiación para las MiPymes y asimilables, como así también para los monotributistas y autónomos, es el 60% de la tasa TM20 en pesos de Bancos Privados publicada por el BCRA, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior a la consolidación o del trimestre calendario en el que vence la cuota y tiene un tope del 2,5% mensual. La tasa TM20 vigente a Julio 2019 era del 51%, es decir, que el 60% es 30,6% pero además se aplica el tope del 2,5% mensual.

 

La cancelación mediante los planes de facilidades de este régimen no implica reducción alguna de los intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.

 

A su vez, las cuotas serán mensuales, iguales en cuanto al componente capital a cancelar y consecutivas. El monto del pago a cuenta -de corresponder- y de cada cuota en lo referente al concepto de capital deberá ser igual o superior a 1.000.

 

Finalmente, la primera cuota vencerá el 16 de diciembre de 2019, cualquiera sea su fecha de consolidación y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes, las que se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria.

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 21 de agosto de 2019

 

Documentos adjuntos

 

 

 

<< VOLVER A NOVEDADES

 

Acceso Asociados

Ingrese su contraseña

 

Cámara de Comerciantes en Repuestos Accesorios y Afines para Automotores de Rosario
PERSONERIA JURIDICA Nº 227/77
Sarmiento 2635 -Tel: (0341) 777 8800 - 2000 Rosario
 

Desarrollado por Rodrigo Guidetti