Impuesto Inmobiliario Rural: los vencimientos para el pago de la segunda cuota serán los siguientes:
- Dígito de control de Partida 0 – 1 el 15/05/2020;
- Dígito de control de Partida 2 – 3 el 18/05/2020;
- Dígito de control de Partida 4 – 5 el 19/05/2020;
- Dígito de control de Partida 6 – 7 el 20/05/2020; y
- Dígito de control de Partida 8 – 9 el 21/05/2020.
Impuesto Inmobiliario Urbano: los vencimientos para el pago de la segunda cuota, cuando el importe de la cuota sea de hasta $ 673, serán:
- Dígito de control de Partida 0 – 1 el 20/05/2020;
- Dígito de control de Partida 2 – 3 el 21/05/2020;
- Dígito de control de Partida 4 – 5 el 22/05/2020;
- Dígito de control de Partida 6 – 7 el 26/05/2020; y
- Dígito de control de Partida 8 – 9 el 27/05/2020.
Impuesto sobre los Ingresos Brutos:
Régimen General: Los vencimientos para el segundo anticipo y tercer anticipo, cuyo impuesto determinado para dicho anticipo sea inferior a $ 10.000 serán los siguientes, según terminación del Nº de CUIT. (Dígito verificador):
- CUIT terminado en 0 a 2 el 15/05/2020;
- CUIT terminado en 3 a 5 el 18/05/2020;
- CUIT terminado en 6 a 7 el 19/05/2020;
- CUIT terminado en 8 a 9 el 20/05/2020.
Régimen Simplificado: los vencimientos de los períodos febrero y farzo 2020 serán:
- CUIT terminado en 0 a 2 el 15/05/2020;
- CUIT terminado en 3 a 5 el 18/05/2020;
- CUIT terminado en 6 a 7 el 19/05/2020; y
- CUIT terminado en 8 a 9 el 20/05/2020.
Aportes al Instituto Becario: se considerará ingresados en término los pagos de la quincena 5/2020 (período desde el 01/03/2020 hasta el 15/03/2020) y 6/2020 (período desde el 16/03/2020 hasta el 31/03/2020), cuando los mismos se efectúen hasta el 11 de Mayo de 2020.
Régimen de Regularización Tributaria – Ley 13976: la primera cuota de los planes de facilidades de pagos, generados en el marco del Régimen de Regularización Tributaria de la ley 13976, con vencimientos previstos entre el 16 de marzo y el 13 de abril de 2020, impresos en las pertinentes boletas podrán ser abonados en los bancos o servicios habilitados al efecto hasta el 04 de Mayo de 2020.
Planes de Pago Formalizados hasta el 31 de marzo de 2020: las cuotas con vencimiento 13/04/2020, que no deban ser canceladas con débito en cuenta bancaria a través de la CBU, cuando se efectúen hasta el 13 de mayo de 2020.
Ejecuciones fiscales: Por último, se dispuso la suspensión por 60 días de la interposición de medidas cautelares fake rolex kaufen en los procesos de apremio fiscal en trámite o los que se inicien.
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