04/11/20
AFIP determinĂ³ que los aportes y contribuciones de seguridad social se realicen desde el SICOSS
Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció, mediante la Resolución General 4849/2020, la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social deberá efectuarse mediante la utilización del programa aplicativo denominado "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social" (SICOSS versión 7 release 42).
Cabe destacar que, para los trabajadores declarados con el código de situación de revista citado en artículo 2° código 50, se calcularán sobre la remuneración imponible los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a la Obra Social y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP)
Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia hoy y resultarán de aplicación para la generación de las declaraciones juradas (F.931) correspondientes al período devengado octubre de 2020 y siguientes.
El uso del SICOSS comprende las presentaciones de declaraciones juradas -originales o rectificativas- correspondientes a períodos anteriores, que se efectúen a partir de la referida fecha de vigencia.
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